El delito de daños que no excedan de 400 euros
El delito de daños que no excedan de 400 euros viene contemplado en el artículo 263.1 del Código Penal: 1.- El que causare daños en propiedad ajena no comprendidos en otros títulos de este Código, será castigado con multa de seis a veinticuatro meses, atendidas la condición económica de la víctima y la cuantía del […]
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