delito de quebrantamiento de condena

¿En qué consiste el delito de quebrantamiento de condena?

El delito de quebrantamiento de condena se comete cuando se elude el cumplimiento de una condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia.
El quebrantamiento de condena incluye no solo la violación de órdenes de alejamiento o medidas cautelares, sino también la fuga de prisión o el incumplimiento de la libertad condicional. Este delito se castiga porque subvierte el orden judicial y la administración de justicia, demostrando una falta de respeto por las decisiones legales.
Este delito se encuentra regulado en el Código Penal, específicamente en los artículos 468 a 471. Estos establecen las penas para quienes incumplen su condena o medida de seguridad, con diferencias entre quienes están privados de libertad y aquellos que no. La pena puede variar desde multas hasta prisión, dependiendo de la gravedad del incumplimiento y si se utilizó violencia o intimidación.
  • Prisión de seis meses a un año para quienes están privados de libertad y quebrantan su condena.
  • Multa de doce a veinticuatro meses para otros casos de quebrantamiento.
  • En todo caso la condena será de seis meses a un año a los que quebrantaren una pena de las contempladas en el artículo 48 del Código penal (prohibición de residir en un determinado lugar, orden de alejamiento o de comunicación con una víctima), una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza impuesta en procesos criminales en los que el ofendido sea alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2, (cónyuge, hermanos, familiares, menores,…) así como a aquellos que quebrantaren la medida de libertad vigilada.

Prescripción

El delito de quebrantamiento de condena prescribe a los cinco años de cometidos los hechos. El tipo agravado con pena de prisión de cuatro años también prescribe a los cinco años.

Juicio Rápido

Este delito puede juzgarse en un procedimiento de Diligencias Urgentes al no exceder de cinco años u otro tipo de pena que no supere los diez años.

 

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