La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, ha condenado a cinco años y un mes de prisión a José Enrique Abuín, asesino confeso de Diana Quer y acusado también de abordar a una joven en Boiro el 25 de diciembre de 2017. El tribunal lo considera autor de un delito de detención ilegal consumado y de un delito de agresión sexual en grado de tentativa.
La Audiencia ha concluido que la prueba analizada pone de manifiesto que lo que el acusado “buscó desde un principio y consiguió fue el privar a la denunciante de su libertad ambulatoria”. Tampoco tienen dudas los magistrados de que su intención era coger a la mujer, “meterla en el coche y trasladarla a algún lugar para satisfacer su ánimo libidinoso”. “No se le ocurre a este tribunal ninguna otra alternativa. Su intención no era la de apoderarse de su dinero o el móvil. Lo que pretendía era coger el teléfono de la víctima para que no pudiese pedir ayuda”, se recoge en la sentencia.
Los jueces recuerdan en la resolución que el acusado rechazó el dinero que le ofrecía la víctima, por lo que concluyen que “si hubiera querido robarle no tenía necesidad alguna de introducirla en el coche”. Afirman que “el ataque sorpresivo a una mujer joven, de noche, en una zona poco transitada y el intento reiterado de encerrarla en el maletero del vehículo nos llevan a inferir, como única hipótesis verosímil, que trataba de trasladarla a un lugar más seguro para poder abusar sexualmente de ella”. Para la sala, “el que no lo haya podido materializar se debió, sin duda, a la entereza de la víctima, que se resistió como pudo a la agresión sufrida”, y a la ayuda de los dos jóvenes que, “al acudir en auxilio de aquella, obligaron al acusado a huir del lugar del crimen sin logar su objetivo último”.
Además de un delito de detención ilegal en concurso medial con un delito de agresión sexual en grado de tentativa, los jueces consideran a J.E.A.G. culpable de un delito leve de lesiones por el que le han impuesto el pago de una multa de 600 euros. El acusado también ha sido condenado a la prohibición de acercarse a menos de medio kilómetro de la víctima, así como a su domicilio, y de comunicarse con ella por cualquier medio durante 10 años. En cuanto a las indemnizaciones, deberá abonarle a la perjudicada 11.546 euros por incapacidad temporal y secuelas y al Sergas 1.120 euros más la cantidad que se determine en fase de ejecución de sentencia en concepto de gastos de asistencia psicológica que se presten a la afectada.
Fuente: Consejo General del Poder Judicial