La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a nueve años y once meses de prisión por un delito de incendio del artículo 351 del Código Penal a un hombre que prendió fuego al piso de su pareja sentimental tras una discusión.
El hombre deberá indemnizar a la víctima con 28.455 euros por los daños sufridos en su vivienda, y con más de 3.000 euros al Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios de la provincia de Valencia por los gastos generados en la extinción de las llamas.
La sentencia le condena también por un delito leve de lesiones y otro de daños y por cada uno de ellos le impone una pena de multa de 360 euros.
No obstante, le absuelve de los delitos maltrato habitual, lesiones psíquicas y dos delitos leves de amenazas de los que también estaba acusado, al no haber quedado demostrada la comisión de los mismos.
Los hechos sucedieron el 14 de septiembre de 2021 en la vivienda que el condenado compartía con su pareja desde el mes de agosto de 2017, ubicada en un municipio de la comarca del Camp de Morvedre.
Según el relato de hechos probados de la resolución judicial, sobre las cuatro y media de la tarde, el hombre comenzó a ingerir ginebra y pastillas y, cuando su compañera sentimental le dijo que dejara de hacerlo, él arremetió contra el mobiliario de la casa y rompió la tele, la mesa del salón y la cafetera, entre otros objetos.
La hija de la víctima llamó al teléfono contra el maltrato, 016, pero cuando los agentes de la Guardia Civil se personaron en la vivienda el hombre ya la había abandonado.
Esa noche, la mujer decidió dormir en casa de una amiga y, sobre la medianoche el condenado llamó a la mujer y la amenazó con quemar la vivienda si no volvía.
Tras esa llamada, el acusado se dirigió al dormitorio principal y le prendió fuego al piso de su pareja, pese a que sabía que el edificio lo habitaban otros vecinos y que estaba poniendo en riesgo su vida y sus viviendas, tal y como consta en la sentencia.
«Movido por el evidente ánimo de causar un gran desasosiego y angustia en Fátima , el acusado se dirigió al dormitorio principal de la vivienda y prendió fuego al mismo con la clara intención de quemar la casa como había manifestado, conociendo que había vecinos en el inmueble que se encontraban, con el consiguiente riesgo de que éstos se vieran afectados por el efecto del fuego tanto en su integridad física como en sus casas. Así las cosas, tras prenderse fuego la habitación principal, se desprendió la pared hacia el dormitorio colindante, llegando a caer la tabiquería interior existente entre el dormitorio y el comedor, las llamas se extendieron a todas las estancias a nivel superior, siendo las más afectadas el baño, el dormitorio colindante y pasillo, dejando calcinadas las puertas, marcos barniz, hoja y dinteles de la vivienda, afectando la instalación eléctrica, el mobiliario interior de manera irrecuperable, los ventanales del dormitorio y del salón, las persianas de todos los ventanales y los alicatados de los baños y cocina, quedando la vivienda inhabitable. A consecuencia del incendio, los vecinos del edificio sito en la CALLE000 no 44 de la localidad de LOCALIDAD000 que se encontraban en sus viviendas desalojaron el edificio. Sobre las 00:18 horas del 15 de septiembre acudió al lugar la correspondiente dotación de bomberos que intervino hasta las 12:46 horas del 16 de septiembre para sofocar el incendio.»
Cuando el condenado abandonó el piso, fue interceptado por dos vecinos con los que forcejeó y a los que lesionó, antes de ser detenido. Las llamas afectaron a dos viviendas, además de la casa en la que se inició el fuego, y a elementos comunes del edificio.
La sentencia no es firme y puede recurrirse ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).