El Tribunal Supremo absuelve a cuatro miembros de una asociación de apoderarse del dominio del nombre de ésta

«Mal puede hablarse de un apoderamiento del nombre de dominio cuando son los propios titulares de ese nombre de dominio los que efectúan, en el ejercicio de las funciones que hasta ese momento ostentaban en la asociación, las acciones para obstaculizar a L.L. -secretaria general de la misma asociación- el acceso a la URL y

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